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Jones Huala fue condenado en Chile por el incendio de una vivienda

El viernes próximo, a las 13, se conocerá el monto de la pena. El tribunal dio por acreditados los hechos y desestimó los cuestionamientos jurídicos a la ley de Inteligencia

Tras ocho extensas jornadas de debate y la declaración de más de 30 testigos, el Tribunal Penal Oral de Valdivia condenó hoy al dirigente mapuche Facundo Jones Huala por el incendio de un fundo en la región de Los Ríos y por tenencia de arma hechiza en 2013.

El monto de la pena se dará a conocer el viernes próximo, a las 13, y la fiscalía no se opuso a que se compute el tiempo que el lonco permaneció detenido con prisión preventiva tanto en Chile como en la Argentina, como había sido sugerido por la Corte Suprema de nuestro país, al acceder a la extradición.

Los jueces determinaron por unanimidad que los indicios y pruebas reunidas por la fiscalía y respaldadas por dos querellas— una en representación de las víctimas y la otra, por el estado de Osorno— lograban formar la convicción y acreditar la participación del fundador de RAM (Resistencia Ancestral Mapuche) en incendio al fundo y en la tenencia del arma.

No obstante, el tribunal modificó la figura penal originalmente planteada por la fiscalía, incendio en lugar habitado, por simplemente el de incendio, debido a que quedó acreditado que los atacantes desalojaron a la familia de la vivienda antes de iniciar el fuego y les permitieron, incluso, salvaguardar algunos electrodomésticos.

El cambio de tipificación igualmente supone una pena mayor de 10 años en adelante, según señaló a Infobae el letrado de Huala, Pablo Ortega.

La decisión judicial contradijo las absoluciones dictadas por otros dos tribunales que juzgaron a cuatro supuestos cómplices de Huala por los delitos de incendio y encubrimiento. Sólo la machi Millaray Huichalaf había sido condenada a 61 días de cárcel por el encubrimiento del ataque incendiario al fundo Pisu Pisué en la localidad de Río Bueno.

El tribunal — integrado por los magistrados Carlos Flores Valenzuela, Guillermo Olate Aranguiz y Héctor Hinojosa Aubel— leyó el veredicto, que fue repudiado dentro y fuera de la sala de audiencias por la familia y una cohorte de unos 50 mapuches que respaldan al lonco.

La resolución no puede ser recurrida por disconformidad con el veredicto. Sólo podría ser revisada eventualmente por una corte de apelaciones por cuestiones estrictamente procesales.

Tras conocida la resolución, el activista mapuche fue trasladado a la cárcel de Temuco y se suscitaron disturbios fuera del tribunal en Valdivia.

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